Todas las agencias, de la Rama Ejecutiva, tienen que constituir un Comité de Ética (Comité) como lo establece la Ley 1-2012, según enmendada, “Ley Orgánica de la Oficina de Ética Gubernamental de Puerto Rico”, en su Artículo 2.5. Este adestramiento permite conocer la importancia de cada miembro, como colaborador de la Oficina de Ética Gubernamental, en su esfuerzo por fomentar y modelar los valores a través de la educación continua. Se promueve y se motiva a los miembros del Comité a cumplir con sus funciones y deberes dirigidos a desarrollar las destrezas y competencias de todo aquello que nos define como servidores públicos de excelencia.